Documento Dirigido a los Centros Educativos

Solicite que previo a la implementación de cualquier campaña de inoculación de sustancias, hisopado o testeado de cualquier naturaleza, sea por disposición del Ministerio de Educación Pública, Ministerio de Salud, o cualquier otra Entidad Pública o Privada cuyo ingreso sea permitido por la institución educativa a la cual asisten su hijo(s) o hija(s), se le informe para estar presente. Este es dado a que usted no autoriza que sean inoculados o testeados o les sea aplicada cualquier sustancia en dicha institución educativa,

Este documento lo que busca es que las instituciones educativas le informen a los padres antes de cualquier camapaña de inoculación de sustancias, hisopado o testeado de cualquier naturaleza por cualquier entidad. En consecuencia, es necesario adjuntar copia de la solicitud presentada ante la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS) para que dicha institución verifique, mediante la realización de los exámenes médicos correspondientes, si su hijo(a) posee alguna contraindicación relativa a la inoculación contra el Covid-19.

  1. Imprimir 2 juegos del documento
  2. Llenarlos
  3. Llevarlos al centro educativo que le corresponde
  4. Al entregar uno le deben firmar, sellar, y poner fecha al que le queda a su persona como copia

Como respaldo que puede presentar en caso de alguna violación a lo requerido. Si la el centro educativo dice que no puede aceptar dicho documento que lo notifique por escrito; pues estarian en clara violación.


Información Adicional

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) creo la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humano con el consenso de 193 Paises.

En la sección de Disposiciones Generales en el Artículo 6 – Consentimiento se establece que:

1. Toda intervención médica preventiva, diagnóstica y terapéutica sólo habrá de llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, basado en la información adecuada. Cuando proceda, el  consentimiento  debería  ser  expreso  y  la  persona  interesada  podrá  revocarlo en  todo  momento  y  por  cualquier  motivo,  sin  que  esto  entrañe  para  ella desventaja o perjuicio alguno.

No podemos ser obligados o sometidos a ningún tipo de vacuna sin nuestro consentimiento. Adicionalmente aquellos que deseen ser vacunados tienen el derecho de conocer toda la información referente a dicha vacuna. El interés solo por la ciencia y la sociedad no prevalece. No podemos ser obligados a vacunarnos en nombre de la seguridad mundial y mucho menos cuando no disponemos de información respecto a la vacuna y el propio virus:

Disposiciones Generales Artículo 3 – Dignidad Humana y Derechos Humanos

1. Se habrán de respetar plenamente la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales.
2. Los intereses y el bienestar de la persona deberían tener prioridad con respecto al interés exclusivo de la ciencia o la sociedad.